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Detalles del decreto que extiende el aislamiento hasta el 1 de agosto



El Gobierno Nacional expidió este jueves el Decreto 990 del 9 de julio, en el cual amplía el Aislamiento Preventivo Obligatorio hasta el primero de agosto y que permite la reactivación de nuevos sectores productivos como los restaurantes, gimnasios, iglesias entre otros. La norma tiene 44 excepciones de movilidad e incluye sectores como las actividades de la industria hotelera, los museos y bibliotecas, el servicio de limpieza y aseo, incluido el doméstico y servicio de lavandería y los casos de fuerza mayor. 

En este decreto se autorizan los planes piloto para el transporte terrestre o aéreo, pero se aclara que será solo con la petición de los alcaldes locales, y con autorización de los Ministerio de Interior y de Salud.

También se podrán abrir teatros, cines y gimnasios en aquellos municipios No COVID o con baja afectación, siguiendo todos los protocolos que han dispuesto las autoridades.

Sobre el desarrollo de actividades físicas, de ejercicio al aire libre y la práctica deportiva se establece:

-Personas de 18 a 69 años, podrán salir por un período máximo de dos (2) horas diarias.

-Niños mayores de 6 años, tres (3) veces a la semana, una (1) hora al día.

-Niños entre dos (2) y cinco (5) años, tres (3) veces a la semana, media hora al día.

-Adultos mayores de 70 años, por un período máximo de dos (2) horas diarias.

En Los municipios que no tienen caso del virus, no se podrá permitir el funcionamiento de eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, y tampoco los bares, discotecas, de baile, ocio y entretenimiento, billares, de juegos de azar y apuestas, tales como casinos, bingos y terminales de juego de video.


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