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Hecha la Ley, Hecha la trampa, dice Tránsito en Arauca de los conductores



Extranjeros para violar la ley, y colombianos para votar, obtener subsidios, Sisben y abrir cuentas bancarias.

Cientos de personas siguen sin entender que no puede hacer carrera la creencia equivocada según la cual en caso de ser requerido por la autoridad de transito resulta conveniente identificarse como extranjero, particularmente como venezolano, para evitar las sanciones que impone la normatividad colombiana.

En virtud de lo que se ha vuelto un problema recurrente el ITTDAR ha recordado que no solo no existe ningún tipo de exención o consideración respecto de los requisitos necesarios para la circulación en vehículos venezolanos, sino que además la negación de la calidad de ciudadano colombiano puede acarrear consecuencias penales según el artículo 22 de la ley 43 de 1993.

Advierte el director de tránsito FREDDY SERRANO DIAZ que estamos frente a un problema de grandes dimensiones entendido desde la perspectiva de quienes quieren obtener Sisben, Votar, Solicitar subsidios, Abrir cuentas bancarias como Nacionales Colombianos, mientras amparados en la doble nacionalidad esgrimen ser extranjeros para infringir el código de tránsito y convertirse en un factor de riesgo indetectable sobre la vía pública.

Señala el funcionario que las autoridades no desconocen el derecho a la doble nacional cuyo principio advierte que esto no es ápice para hacer uso de la ley convenientemente  razón por la cual es fundamental entender que según la norma  el ingreso y permanencia en el territorio nacional por parte de ciudadanos colombianos por naturaleza o adopción, así como su salida, deberán hacerse siempre en calidad de colombianos, debiendo identificarse como tales en todos sus actos civiles y políticos, por lo cual resulta producente advertir que quien incurra en la conducta descrita puede ser judicializado y capturado por la autoridad competente, imputado por los delitos de falsedad ideológica en documento público o falsedad personal.

“No es que el documento sea falso señala el reporte, básicamente es que éste se está utilizando para hacer incurrir en error a funcionarios públicos, se está usando para evadir la responsabilidad como nacional y se le está dando un uso inadecuado, en el entendido que la doble nacionalidad es un beneficio que se obtiene para que los derechos se reclamen en el país de origen del documento de identidad”.

Para especialistas en derecho identificarse como extranjero siendo nacional colombiano, con el fin de infringir el código de Tránsito, constituye un delito conlleva multas y una pena no inferior a los tres (3) años de cárcel, amén de las adicionales acciones penales que pueda adelantar el ente investigador en virtud de la anormal obtención de la doble nacionalidad, como sucede en muchos de los casos particulares de los habitantes de esta región.

La idea señala el tránsito es que los habitantes de frontera eviten dolores de cabeza y cuenten con la documentación legal en regla, licencia de conducción colombiana, en caso de contar con tal nacionalidad, seguro obligatorio de accidentes tipo SOAT, revisión tecno-mecánica y documentos de propiedad del vehículo vigentes acorde con la procedencia del mismo. 

Ya son varios los casos detectados por cuenta de la mencionada situación concluye tránsito, institución que a pesar de las impopulares medidas adoptadas, señala que es ésta una manera eficaz de erradicar malas prácticas asociadas a quienes siguen sin entender que el tema se relaciona con la necesidad de salvar vidas y mejorar las condiciones de la movilidad.

Detractores de éste tipo de planteamientos, solo entenderán mañana cuando un supuesto extranjero que a la vez sea colombiano con Sisben, Subsidio, beca y cuentas en Arauca atropelle a un familiar nuestro y para evadir la ley se ampare en decir que para eso le sirve la doble nacionalidad.

 


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